Forenses - Actos deshonestos
  El director de escuela Otto Helmer es inculpado en 1926 por haberse entregado a "actos deshonestos" con 5 de sus alumnos. El Instituto de Sexología lo recibe durante varios meses para "observación de su estado mental" y "tratamiento especial"   1 .

En el momento del proceso Helmer es absuelto a pesar de que "los hechos estipulados en el art. 174 del código penal imperial fuesen comprobados". En su considerando el tribunal se apoya en los dictámenes de los peritos Hirschfeld y Leppmann:

«Ambos expertos están de acuerdo en que el tocamiento corporal de los alumnos, que en realidad no representa sino las premisas tímidas de actos homosexuales, procede ya de una actitud mental innata y que Helmer está predispuesto a tener una sexualidad dirigida hacia el propio sexo...

Ambos son igualmente unánimes en el hecho de que en este caso la irresponsabilidad depende no sólo de la índole sexual sino también de la índole psíquica general del autor. Por eso es importante considerar que su comportamiento sexual no se caracteriza por la sola atracción hacia el propio sexo, sino también por la fijación en un estadio infantil subdesarrollado (llamado infantilismo psicosexual) ...

El Dr. Hirschfeld se pronuncia entonces a favor de la ausencia de hecho de una libre determinación de la voluntad en el sentido del art. 51 del código penal imperial, por razón de trastorno mórbido de las funciones psíquicas debido a la combinación de su pulsión homosexual y de la fuerte regresión senil de su capacidad de resistencia mental. Si el inculpado hubiera tenido todavía, con respecto a su predisposición pulsional que pudo dominar durante unos 40 años de su vida, una huella de imperio sobre su voluntad, no habría llegado en consideración del resto de su carácter a cometer estos actos punibles...

Por difícil que pueda ser para un diletante creer en tal caso en la irresponsabilidad del autor según el art. 51 del código penal imperial el tribunal no pudo permanecer sordo a los argumentos de los expertos. Se trató de un caso-límite...
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